El lavado de dinero es un problema global cubierto predominantemente en el Reino Unido por una legislación llamada Ley sobre el Producto del Delito de 2002.
Pero los jueces en un caso reciente del Tribunal de Apelaciones han puesto de relieve otras conductas contempladas por esta legislación, y es directamente relevante para la industria de la moda y la confección.
El trabajo forzoso puede constituir un delito penal según la Ley de Esclavitud Moderna de 2015. Si bien las acusaciones de trabajo forzoso en el extranjero en la industria textil no son nuevas, la Presidenta del Tribunal Supremo del Reino Unido (la jefa del poder judicial en Inglaterra y Gales) lanzó recientemente una importante advertencia en el caso Congreso Mundial Uigur contra Agencia Nacional contra el Crimen.
En determinadas circunstancias, las empresas minoristas y de indumentaria, sus directores y empleados pueden ser culpables de blanqueo de dinero si poseen o utilizan de otro modo en el curso de sus actividades prendas fabricadas mediante trabajo forzoso.
¿De qué se trató el caso?
Hay tres aspectos importantes de la Proceeds of Crime Act 2002. En primer lugar, la legislación se aplica a conductas que tienen lugar en cualquier parte del mundo, siempre que equivalgan a un delito penal si ocurrieran en el Reino Unido. En segundo lugar, la legislación se aplica a cualquier beneficio directo o indirecto de esa conducta delictiva e incluye todos los bienes obtenidos como resultado de la conducta delictiva o en conexión con ella. En tercer lugar, y lo más importante, la propiedad sólo es “propiedad delictiva” a los efectos de los delitos de lavado de dinero si la persona sabe o sospecha que representa un beneficio para alguien a partir de una conducta delictiva.
El Congreso Mundial Uigur es una ONG que defiende los derechos de los musulmanes uigures perseguidos. Proporcionó pruebas a la Agencia Nacional contra el Crimen de que el 30% de la producción mundial de algodón se origina en la República Popular China, del cual el 85% se origina en la Región Autónoma Uigur de Xinjiang (XUAR). Se trata de una zona de China en la que el internamiento y la “reeducación” de un gran número de ciudadanos por parte del Gobierno se asocia con el trabajo forzoso, la prevención de los nacimientos y la separación forzada de familias.
La ONG intentó anteriormente persuadir a la NCA para que abriera una investigación por lavado de dinero sobre empresas asociadas con la importación y venta nacional de prendas fabricadas con algodón posiblemente derivado del XUAR.
Si bien la NCA estuvo de acuerdo, en principio, en que las prendas fabricadas mediante trabajo forzoso representarían un beneficio de una conducta criminal, se negó a abrir cualquier investigación porque creía que no se cometió ningún delito una vez que alguien en la parte superior de la cadena de suministro de la prenda había pagado una «contraprestación adecuada» por los productos. .
Además, no había pruebas de que un envío específico de prendas de vestir se hubiera fabricado utilizando trabajo forzoso.
La ONG no estuvo de acuerdo con la interpretación de la ley por parte de la NCA y decidió buscar aclaraciones en los tribunales presentando un recurso de revisión judicial de la decisión de la NCA de no abrir una investigación.
¿Qué decidió el tribunal?
Los tribunales acordaron que las prendas fabricadas mediante trabajo forzoso equivaldrían a “propiedad delictiva” a los efectos de delitos de lavado de dinero si la persona en posesión de esas prendas sabía o sospechaba correctamente que habían sido fabricadas mediante trabajo forzoso.
Los tribunales sostuvieron que una persona en posesión de dichas prendas que haya dado una “consideración adecuada” tiene una defensa limitada si es procesada, pero el hecho de que alguien más en la cadena de suministro haya pagado una “consideración adecuada” no limpia las prendas de su responsabilidad criminal. estado.
La ANC también se equivocó al exigir pruebas de que un envío específico de mercancías había sido fabricado utilizando trabajo forzoso antes de abrir una investigación; el objetivo de una investigación puede ser determinar si un envío de mercancías ha sido fabricado utilizando trabajo forzoso. El Tribunal de Apelación ordenó a la NCA que reconsiderara su decisión de no abrir una investigación.
¿Qué es una “consideración adecuada”?
Hay tres delitos principales de blanqueo de dinero. Uno de esos delitos tiene una defensa específica cuando la persona que adquiere, utiliza o tiene posesión de los bienes delictivos ha dado “la consideración adecuada” a los mismos. Normalmente se entiende que esto significa «valor de mercado». Pero ha habido mucho debate en la comunidad jurídica sobre cómo se debe calcular la “consideración adecuada” para las prendas que han sido confeccionadas mediante trabajo forzoso, ya que, por definición, no existe valor de mercado para dichos bienes. Lamentablemente, el Tribunal de Apelación dejó esta pregunta sin respuesta.
¿Por qué este caso es significativo?
El blanqueo de capitales es un delito grave. Por primera vez en el mundo, un tribunal ha decidido que el comercio ordinario podría constituir un delito de blanqueo de dinero si hay criminalidad en la cadena de suministro. En el peor de los casos, esto podría dar lugar a que directores y empleados de empresas y minoristas de ropa sean condenados por blanqueo de dinero. Además, según la nueva legislación que entró en vigor el 26 de diciembre de 2023, la empresa podría ser condenada por ese delito.
La pena máxima para un particular es de 14 años de prisión y para una empresa es una multa ilimitada. Además, el tribunal tiene poder para confiscar bienes personales o corporativos.
Por otra parte, la policía puede solicitar a un tribunal de magistrados que congele cuentas bancarias individuales o de empresas si sospecha que esas cuentas bancarias contienen el producto del delito, y posteriormente confiscar esas sumas en un procedimiento sumario. Finalmente, ciertos fiscales pueden obtener órdenes civiles de recuperación de estas sumas en el Tribunal Superior.
¿Qué podría significar esto para las marcas con criminalidad en sus cadenas de suministro?
Esta es un área nueva y compleja para marcas y minoristas. Los principios legales no sólo se aplican al trabajo forzoso en las cadenas de suministro, sino que, en teoría, se extienden a cualquier delito del que se derivan las prendas (por ejemplo, delitos ambientales en el extranjero, como prendas que se fabrican en relación con una grave contaminación del agua).
Dado que los delitos de lavado de dinero solo pueden cometerse cuando la persona sabe o sospecha correctamente que las prendas fueron confeccionadas como resultado de una conducta delictiva o en conexión con ella, puede resultar tentador para las empresas y minoristas de indumentaria decidir positivamente que no investigarán sus cadenas de suministro. . Sería imprudente. Bastante aparte de la serie de leyes de la UE que exigen la debida diligencia en las cadenas de suministro, casos más antiguos del Tribunal de Apelación han decidido que se puede fijar a una persona con el conocimiento que habría obtenido si hubiera realizado tales investigaciones.
Los accionistas, inversores, fiscales, reguladores y tribunales probablemente verían con malos ojos a cualquier empresa que deliberadamente no aplicara la debida diligencia en sus cadenas de suministro.
¿Deberían las marcas y los minoristas preocuparse por este caso?
El caso se aplica no sólo a la fabricación física de prendas de vestir, sino también a la criminalidad en toda la cadena de suministro. Si bien el Tribunal de Apelaciones ha aclarado la ley, la NCA parece tener pocas ganas de abrir una investigación penal en este caso. Eso implicaría reunir pruebas de China, lo cual es notoriamente difícil de obtener.
Sin embargo, el Departamento de Trabajo de Estados Unidos ha identificado riesgos de trabajo forzoso en relación con prendas producidas en China, India, Malasia, Tailandia, Vietnam, Corea del Norte, Nepal, Malasia y Taiwán. El trabajo infantil también puede equivaler a trabajo forzoso en contravención de la Ley de Esclavitud Moderna de 2015.
Aparte de las relaciones públicas adversas asociadas con una marca que tiene trabajo infantil o trabajo forzoso en sus cadenas de suministro, también existe la posibilidad de que empresas o individuos inicien una demanda privada en el Reino Unido; podría ser una ONG que pretende responsabilizar a una marca por el trabajo forzoso en sus cadenas de suministro, o una marca competidora cansada de verse socavada persistentemente por costos de fabricación criminalmente bajos.
Nadie quiere ser el primero en la industria textil en ser procesado por lavado de dinero.
Artículo de Jamas Hodivala KC, Matrix Chambers, Londres (www.matrixlaw.co.uk)